Hoy entra en vigor la última reforma a la Ley Federal del Trabajo. En la que se regula el Teletrabajo o home office.
De acuerdo con la reforma, se entiende el teletrabajo (o home office) como el desempeño de actividades remuneradas en sitios distintos a las instalaciones de la empresa o centro de trabajo. También, las actividades que, en este contexto, utilicen las nuevas tecnologías de información y la comunicación.
A continuación se presentan los puntos más relevantes sobre esta reforma en beneficio de los trabajadores que están en teletrabajo.
1. Costos e insumos
Los empleadores, es decir, los patrones, deberán de asumir una parte proporcional de los costos generados. Tanto de luz como de Internet.
2. Equipos de trabajo
Las empresas tienen la responsabilidad de instalar y dar mantenimiento a los equipos que entreguen a sus empleados para poder trabajar desde casa.
Aunque también se indica que los empleados deben cuidar y conservar los equipos, tanto computadoras como celulares.
3. Horarios y desconexión
En la reforma se señala que los trabajadores tienen derecho a la desconexión. Esto significa que fuera de su horario laboral podrán no responder ni participar en chats o correos relacionados con su trabajo, tales como llamadas telefónicas, mensajes en redes o correos electrónicos.
4. Protección de datos personales
Los patrones deben preservar los datos personales y el derecho a la intimidad de los empleados. Además, no pueden dar salarios inferiores a quienes realizan home office que los de los trabajadores que realizan sus labores de manera presencial.
El lunes fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo o home office. El documento dice que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.